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Exención IBI rústica 2022 - Solicitud

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Exención IBI rústica 2022 - Solicitud

Nombre del procedimiento

Exención IBI rústica - Solicitud

Departamento responsable

Hacienda

Tipología de Tramitación

EXTERNA, su resolución corresponde a la Diputación de València

Descripción

SOLICITUD EXENCIÓN IMPUESTO BIENES INMUEBLES DE NATURALEZA RÚSTICA PARA el EJERCICIO 2022 en virtud del artículo 5 del Real decreto legislativo 4/2022, de 15 de marzo, por el cual se adoptan medidas urgentes de apoyo al sector agrario a causa de la sequía (BOE n.º 64 de 16/03/2022).  

Destinatario

Contribuyentes titulares de explotaciones agrícolas o ganaderas, propietarios de inmuebles rústicos que **esten afectas al desarrollo de estas explotaciones, y que acreditan haber sufrido en 2021, pérdidas de ingresos agrícolas respecto a la media de los 3 últimos años (2018-2019-2020), al menos de un 30%.

Sujeto a tasa o precio público (€)

No

Periodicidad

Continuo

Requisitos de iniciación

Presentar solicitud normalizada de la Diputación de València junto con la documentación requerida

La solicitud se encuentra en este trámite apartado documentos informativos  

lugar de presentación

  1. Seu Electrónica.
  2. Servicio de Información y Atención al Ciudadano (ATIENDE).
  3. Cualesquier otra de las sedes que se regulan en el arte. 16 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común (oficinas de correos, *CERCA, entidades adheridas a: ventanilla única, ORVE y SIR).

Están obligados a relacionarse a través de esta Sede Electrónica para la realización de cualquier trámite, al menos:

  1. Personas jurídicas.
  2. Quienes ejerzan actividad profesional que requiera colegiación obligatoria.
  3. Trabajadores autónomos
  4. Cualquier otro sujeto de los regulados en el arte. 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común (entidades sin personalidad jurídica, empleados/as de las Administraciones Públicas y otros/as que puedan establecerse).

Forma de iniciación

A solicitud del interesado

Efectos del silencio

Desestimatorio  

Fin a la vía administrativa

No

Normativa

  • EL 4/2001 Ley Orgánica 4/2001, de 12 de noviembre, reguladora del Derecho de Petición.
  • EL 3/2018 Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
  • L 39/2015 Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • L 7/1985 Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
  • L 58/2003 Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.RDL 2/2004 Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
  • Real decreto legislativo 4/2022, de 15 de marzo, por el cual se adoptan medidas urgentes de apoyo al sector agrario a causa de la sequía (BOE **num. 64 de 16/03/2022)

Práctica de notificaciones

Postal

Documentación a aportar

  • En todos los casos: Solicitud de exención debidamente rellenada.
  • Personas físicas: Declaración de IRPF de los años 2018 a 2021, ambos incluidos, para acreditar la pérdida de ingresos
  • Personas jurídicas y empresas: Documentos que acreditan el volumen de ingresos de la actividad agrícola de los ejercicios 2018 a 2021.
  • Personas jurídicas y empresas: MODELO 036 “Censo de empresarios, profesionales y retenedores”.
  • Si el solicitante de la exención es diferente del actual titular del recibo de IBI: MODELO CAMBIO TITULARIDAD CATASTRO: 900D.
  • Certificado de titularidad de cuenta bancaria.

observaciones

Encontrará más información del trámite en el apartado DOCUMENTOS INFORMATIVOS

Requisitos de la instancia

  • La instancia no requiere firma
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas jurídicas
  • Permite interesados que sean personas físicas representadas por otra persona física
AJUNTAMENT DE CULLERA - P4610700I
Plaza España, 1
46400 Cullera
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