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Autorización de ocupación de vía pública con mesas, expositores, toldos, sombrillas y umbráculos legalizados - Solicitud

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Autorización de ocupación de vía pública con mesas, expositores, toldos, sombrillas y umbráculos legalizados - Solicitud

Nombre del procedimiento

Autorización de ocupación de vía pública con mesas, expositores, toldos, sombrillas - Solicitud

descripción

Trámite de autorización para la ocupación de terrenos de uso público local con:

  • Mesas, sillas, tribunas, tarimas, umbráculos legalizados y otros elementos análogos, con finalidad lucrativa.
  • Marquesinas, toldos, para vientos y otras instalaciones parecidas voladas sobre la vía pública o que sobresalgan de la línea de fachada.

DEPARTAMENTO RESPONSABLE

Régimen Interior

Destinatario

Empresas y trabajadores autónomos.

Sujeto a tasa o precio público

Si: Por cada mesa o elemento similar de hasta 0,75 m2, con un máximo de cuatro sillas o elementos análogos de 1,50 metros cuadrados de ocupación, o por cada m2 o fracción del mismo de exceso: 74,00 €

Para solicitar la ocupación ha de pagar previamente la tasa, siguiendo los siguientes pasos:

  1. Realizar la autoliquidación a través de:  Frontal Autoliquidaciones (gva.es)
  2. Proceder al pago en este mismo trámite mediante tarjeta de crédito o Bizum
  3. Adjuntar al trámite el documento de autoliquidación

Periodicidad

Anual

Requisitos de iniciación

Haber obtenido previamente la licencia de actividad del local a nombre del actual titular o haber efectuado el cambio de titularidad.

lugar de presentación

  • Sede Electrónica.
  • Oficna ATEN

PLAZO TRAMITACIÓN DEL EXPEDIENTE.

Tres meses desde la solicitud por registro en sede electrónica.

silencio administrativo

Negativo

Normativa

  • Ley 5/2014, de 25 de julio, de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje de la Comunidad Valenciana.
  • RDLeg.7/2015, Texto Refundido de la Ley del Suelo.
  • Ley 38/99, de Ordenación de la Edificación
  • LO 4/2001 Ley Orgánica 4/2001, de 12 de noviembre, reguladora del Derecho de Petición.
  • EL 3/2018 Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
  • L 39/2015 Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • L 7/1985 Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
  • L 58/2003 Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.RDL 2/2004 Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
  • Ordenanza de la tasa por ocupación de terrenos de uso público con mesas, sillas, tribunas, entarimados, y otros elementos análogos con finalidad lucrativa.
  • Ordenanzas Ordenanzas Municipales.

observaciones

La instalación de umbráculos necesita ser autorizadas mediante licencia.

Para poder realizar su solicitud deberá aportar los siguientes datos:

  • Titular de la licencia de actividad del local.
  • Fecha de la obtención de la licencia de actividad del local o del cambio de titularidad.

Documentación

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas jurídicas
  • Permite interesados que sean personas físicas representadas por otra persona física
AJUNTAMENT DE CULLERA - P4610700I
Plaza España, 1
46400 Cullera
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