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Fraccionamiento de pago - Solicitud

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Fraccionamiento de pago - Solicitud

Nombre del procedimiento

Fraccionamiento del pago de deudas inferiores a 6000 euros

Departamento responsable

Recaudación

DESCRIPCIÓN

Procedimiento para solicitar el fracionamiento de deudad de menos de 6.000 €. 

DESTINATARIO

El obligado tributario, persona física o jurídica y: 

  • Sus sucesores;
  • El representante que formalmente se designe a este efecto.
  • Cualquier persona que vea afectados sus intereses legítimos y directos por el acto administrativo de gestión
  • El responsable subsidiario o solidario.

periodicidad

Se puede solicitar en cualquier momento:

  • Durante el periodo de pago VOLUNTARIO, en este caso la presentación de la solicitud impedirá que se inicie el periodo ejecutivo, pero se abonarán intereses en los plazos que se paguen a partir del vencimiento del periodo voluntario.
  • Durante el periodo de pago en EJECUTIVA, cuando la deuda se encuentre en periodo ejecutivo, la solicitud se podrá presentar hasta el momento en que se notifique al obligado el acuerdo de venta de los bienes embargados.

REQUISITOS

  • Que el total de la cuantía que se solicita pagar de forma fraccionada sea inferior a 6.000,00 €.
  • No tener concedido plan de pago que, sumado a la cuantía que origina la nueva solicitud, sobrepase los 6.000,00 €

El fraccionamiento se concederá si tras el estudio de  la situación económica del obligado al pago de una liquidación o liquidaciones, se apreciael Ayuntamiento de Cullera les que los obligados al pago se encuentran en una sitación que impide transitoriamente efectuar el pago de sus débitos. 

PLAZO DE RESOLUCIÓN

6 meses

EFECTOS DEL SILENCIO

Desestimatorio

Normativa

Ley Orgánica 4/2001, de 12 de noviembre, reguladora del Derecho de Petición. 

Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. 

Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 

Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local. 

Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
RDL 2/2004 Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. 

R.D.939/2005, de 29 de julio, Reglamento General de Recaudación.

Ley 47/2003, de 26 de noviembre General presupuestaria.

Ley de Presupuestos Generales del Estado.

La ordenanza fiscal general de gestión, recaudación e inspección de tributos y otros ingresos de derecho público del Ayuntamiento de Cullera

Documentación a aportar

  • Poder de representación, en su caso.
  • Certificado de la cuenta bancaria.
  • Documentación que acredite la situación económica que motive la solicitud del pago fraccionado que solicita.

Observaciones

En el formulario deberá hacerse constar:

  • el concepto
  • la cuantía del pago para el que se solicita abonar de forma fraccionada

La concesión del plan de pago o pago fraccionado devenga intereses en favor del Ayuntamiento.

  • Interés de demora en las deudas de naturaleza tributaria.
  • Interés legal en la/s deudas de naturaleza no tributaria.

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas jurídicas
  • Permite interesados que sean personas físicas representadas por otra persona física
AJUNTAMENT DE CULLERA - P4610700I
Plaza España, 1
46400 Cullera
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