Licenica para la tenencia de animales potencialmente peligrosos
Servicios Generales
A través de este procedimiento se dota al propietario de un animal potencialmente peligroso de una licencia cuyo otorgamiento garantiza que el propietario del animal dispone de todos los requisitos legales que exige la tenencia de este tipo de animal, ya que la aportación de dichos requerimientos es previa e imprescindible a la concesión de la licencia.
Personas físicas o jurídicas que sean propietarios o poseedores de animales potencialmente peligrosos.
Sí. 114 €
Se puede solicitar en cualquier momento
El solicitante no ha de haber sido condenado por delitos de homicidio, lesiones, torturas, contra la libertad o contra la integridad moral, la libertad sexual y la salud pública, de asociación con banda armada o de narcotráfico, así como no haber sido sancionado por infracciones en materia de tenencia de animales potencialmente peligrosos, y además debe demostrar aptitud física y psicológica expedida según un centro de reconocimiento autorizado
Están obligados a relacionarse a través de esta Sede Electrónica para la realización de cualquier trámite, al menos:
Cualquier otro sujeto de los regulados en el art. 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común (entidades sin personalidad jurídica, empleados/as de las Administraciones Públicas y otros/as que puedan establecerse).
Por el interesado
Negativo
3 Meses
Si