Comunicación Actividad Inocua
Servicios Generales
Presentación ante el Ayuntamiento de la documentación necesaria para la apertura de un establecimiento en el que vaya a desarrollarse una activiad inócua, en decir que no tenga efectos sobre el medio ambiente, en los términos que establece el artículo 71 de la ley 6/2014, de 25 de julio, de Prevención, Calidad y Control ambiental de Actividades en la Comunitat Valenciana.
Tasa : Para locales de menos de 100 metros 301,00 €
Encontrará la liquidación en este trámite
Contínuo
Están obligados a relacionarse a través de esta Sede Electrónica para la realización de cualquier trámite, al menos:
Cualquier otro sujeto de los regulados en el art. 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común (entidades sin personalidad jurídica, empleados/as de las Administraciones Públicas y otros/as que puedan establecerse).
Por el interesado
Negativo.
3 Meses
Pone fin al procedimiento la resolución de conformidad y expedición del diploma