Licencia de obras mayores o asimilables
Licencia para la autorización de obras de:
En el caso de obras de las comprendidas en el art. 214.2, cuando a esta solicitud se acompañe de una certificación emitida por un organismo de certificación administrativa o un colegio profesional, que acredite que las obras son conformes a la normativa urbanística en vigor, y de declaración responsable del promotor, en el mismo sentido, la solicitud será tratada como declaración responsable y regirá lo dispuesto para las declaraciones responsables.
Con carácter obligatorio, en todos los casos:
Con carácter obligatorio, para los siguientes casos:
Antes del inicio de las obras
El interesado.
SI
Tasa por tramitación de licencia de obras
Impuesto de construcciones, instalaciones y obras
Antes de realizar el trámite solicite la liquidación de la tasa en el siguiente correo:
registre@cullera.es
CON LOS SIGUIENTES DATOS:
Se puede presentar en cualquier momento
Están obligados a relacionarse a través de esta Sede Electrónica para la realización de cualquier trámite, al menos:
Por el interesado
Presentación de la solicitud acompañada de la documentación requerida y pago de la tasa y del ICIO.
Según normativa aplicable.
Dos meses.
Si
Ley 5/2014, de 25 de julio, de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje de la Comunidad Valenciana.
RDLeg.7/2015, Texto Refundido de la Ley del Suelo.
Ley 38/99, de Ordenación de la Edificación
LO 4/2001 Ley Orgánica 4/2001, de 12 de noviembre, reguladora del Derecho de Petición.
LO 3/2018 Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
L 39/2015 Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
L 7/1985 Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
L 58/2003 Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
RDL 2/2004 Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Ordenanzas Ordenanzas Municipales, consultar en:
https://cullera.gvsigonline.com/gvsigonline/core/load_public_project/UrbanismeConsultes/
El proyecto de ejecución puede presentarse junto con esta solicitud o al obtener la licencia de obras.
El ICIO puede abonarse al obtener la licencia de obras.
En el formulario de este trámite se puede solicitar la ocupación de la vía pública, si es necesaria.
Cuando el uso principal del edificio a construir sea el de vivienda, y complementariamente incluyan garajes, deberá cumplirse la normativa aplicable a los garajes e indicarse en el proyecto de obras.