Licencias de Obras y usos provisionales
Licencias de Obras y usos provisionales (ART. 2016 LOTUP)
- Ciudadanos
- Empresas
El interesado.
SI
Tasa por tramitación de licencia de obras
Impuesto de construcciones, instalaciones y obras
Antes de realizar el trámite solicite la liquidación de la tasa en el siguiente correo:
registre@cullera.es
CON LOS SIGUIENTES DATOS:
Se puede presentar en cualquier momento
Están obligados a relacionarse a través de esta Sede Electrónica para la realización de cualquier trámite, al menos:
Por el interesado
Presentación de la solicitud acompañada de la documentación requerida y pago de la tasa y del ICIO
Según normativa aplicable
Dos meses
Si
Ley 5/2014, de 25 de julio, de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje de la Comunidad Valenciana.
RDLeg.7/2015, Texto Refundido de la Ley del Suelo.
Ley 38/99, de Ordenación de la Edificación
LO 4/2001 Ley Orgánica 4/2001, de 12 de noviembre, reguladora del Derecho de Petición.
LO 3/2018 Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
L 39/2015 Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
L 7/1985 Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
L 58/2003 Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
RDL 2/2004 Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Ordenanzas Ordenanzas Municipales, consultar en:
https://cullera.gvsigonline.com/gvsigonline/core/load_public_project/UrbanismeConsultes/
En todos los casos se aportará:
En el caso de obras en suelo no urbanizable, además:
En el caso de obras de escasa entidad constructiva y sencillez técnica, además:
En el caso de obras consideradas Mayores, además:
En el formulario de este trámite se puede solicitar la ocupación de la vía pública, si es necesaria.