Solicitud liquidación plusvalía IIVTNU
Solicitud liquidación PLUSVALÍA por compraventa, herencia, donación, o divorcio (entre otras)
Personas física o jurídica
- En casos de: compraventa, donación, liquidación gananciales, permuta etc. : 30 días hábiles a contar desde la fecha en que se produzca la transmisión.
- En casos de herencias: 6 meses desde el fallecimiento, durante los cuales podrá solicitar una prórroga por 6 meses más.
Presentar solicitud del interesado con la documentación requerida
A instancia de parte
6 meses
No obstante el Ayuntamiento tiene un plazo de 4 años para liquidar este impuesto mientras no opere la figura de la prescripción.
No tiene
No, cabe recurso de Reposición
- Postal
- Electrónica por comparecencia en Sede
LO 3/2018 Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
L 39/2015 Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
L 7/1985 Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
L 58/2003 Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
RDL 2/2004 Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. (Arts 104 y siguientes)
Ordenanza Reguladora del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.