Certificado compatibilidad urbanística.
Urbanismo
Procedimiento
Externo
Trámite previo a la presentación de la solicitud de licencia o comunicación ambiental para la apertura de actividades.
Es obligatorio solicitar certificado de la compatibilidad del proyecto con el planeamiento urbanístico y, en su caso, con las ordenanzas municipales relativas al mismo.
El certificado de compatibilidad urbanística es independiente de la licencia urbanística o cualquier otra licencia o autorización exigible en virtud de lo que establece la normativa urbanística o de ordenación de la edificación (art 22.7 Ley 6/2014).
Quedan excluidas de la obligación de presentar este certificado las actividades comerciales minoristas y las de prestación de servicios incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 12/2012, de 26 de diciembre, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios. En estos casos, se presentará el certificado de compatibilidad urbanística elaborado por técnico competente acompañado de la declaración responsable sustitutiva del visado colegial firmada por el mismo técnico, siempre que se cumplan las siguientes condiciones:Que la superficie del local sea inferior a 300 m2Que no tengan impacto en el patrimonio histórico-artísticoQue no supongan el uso privativo y ocupación de los bienes de dominio público.
Si, debe abonarse una tasa de 114,15 euros que encontrará en este mismo trámite.
Continuo
Están obligados a relacionarse a través de esta Sede Electrónica para la realización de cualquier trámite, al menos:
Por el interesado
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